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lunes, 8 de junio de 2020

2°"A" y "B"- Formación Ética y Ciudadana


¡¡Hola segundo "A" y "B"!! ¿Cómo andan? Espero que muy bien y con ganas de seguir trabajando. Falta poco ya para ir terminando esta primera etapa, así que a no aflojar ahora!!
Hoy vamos a retomar el tema de las leyes, y ya que sabemos cuál es su importancia y función esencial, además de reconocer su doble sentido, se acuerdan? el sentido coactivo y el habilitante. Justamente este último, el sentido habilitante, es el que vamos a relacionar con nuestros derechos. La leyes disponen qué se puede y qué no se puede hacer dentro de una sociedad, y es, como vimos, esa facultad, la que nos permite a su vez realizar (o actuar en consecuencia cuando esto no sucede) nuestros derechos. ¿Qué son los derechos? ¿Todos tenemos los mismos derechos? Los derechos son facultades reconocidas formalmente a las personas que viven dentro de un territorio por parte del Estado, quien a su vez, debe actuar como garante de esos derechos. ¿Por qué decimos que son facultades formalmente reconocidas? Porque figuran por escrito (en la Constitución Nacional y en otras instancias como el Código Civil y Comercial, Código Penal, etc.) 
Con respecto a si todos tenemos los mismos derechos, diremos que depende de qué tipo de derechos estemos hablando. Los derechos se dividen a grandes rasgos en: derechos humanos, derechos civiles, derechos políticos y derechos sociales.
La mayoría de los derechos civiles fundantes en nuestra sociedad, se encuentran expresados en el art. 14 de nuestra Constitución Nacional, y de los sociales, en el 14 bis. 
Otra cosa que me parece importante destacar de las leyes, es que muchas veces tienen su origen en las costumbres, esto es, ya que las costumbres son patrones de conducta aceptados socialmente que muchas veces llegan a visibilizarse, a cristalizarse expresándose en leyes escritas (hay pautas de conducta no escritas, las costumbres, que los legisladores toman y las escriben, y de ese modo pasan a ser leyes), por ejemplo, ponerle un nombre a un recién nacido, hace muchos años no hacía falta inscribirlo en un registro civil, hoy sería impensado no hacerlo. Otras veces esto no es así, sino que primero los legisladores escriben leyes que luego deberán convertirse en pautas de conducta, por ejemplo, el uso de barbijo actualmente, seguramente con el paso del tiempo, esto nos resultará una costumbre; o no fumar en espacios cerrados, hace algunos años se podía y hoy por hoy es tanto una ley como una costumbre.
Aquí voy a dejarles un video sobre los tipos de derechos:

Les pido lo siguiente:

  • Anoten con la fecha correspondiente (hoy para 2°"B"y mañana para 2° "A") en la carpeta, lo que expliqué más ariba, con título "Leyes, costumbres y derechos".
  • Véan tranquilos el video que les dejé (¡¡atención a partir del minuto 5, corrijan la palabra "mencionados" que está escrita con "s"!!) y anoten (a continuación) lo que en él se explica, atendiendo a lo siguiente: 1)¿Cuáles son los tipos de derechos? 2) ¿Qué características tienen cada uno de los tipos de derechos?
Tengan todo listo en la carpeta para cuando lo pida. No se olviden de la actividad de la semana pasada, en la que tenían que pensar y escribir algunas normas de convivencia que puedan resultar útiles para la situación en casa. En cualquier momento, pido todo esto junto.

Un beso grande!

Mariana.