Búsqueda por año y curso

Entrada destacada

URGENTE! - INFORMACIÓN DE ADMINISTRACIÓN

Queridas familias: Les recordamos que para desarrollar las diversas actividades escolares, los alumnos deberán contar con un seguro de Respo...

miércoles, 9 de septiembre de 2020

DERECHO 5 A

Hola chicas/os, seguimos trabajando con las relaciones jurídicas que nacen de las Obligaciones civiles y comerciales.

La tarea que deben resolver consiste en leer atentamente cada caso y determinar ante que tipo de obligación se encuentran (ej., si es de dar, de hacer o no hacer), es decir cuál es el objeto, quiénes son los sujetos, cuál es la fuente de la obligación y cuál es la forma de extinción de la obligación? 

Les envío por mail el texto escaneado, de donde deben sacar la información para resolver los casos propuestos. Cualquier consulta la deben realizar al mail: munozhdario@gmail.com.

Fecha de entrega: 19/09

CASOS: 

Caso 1:

 Alicia le presta a Belén $20.000 en 2008, y acuerdan que se lo devolverá cuando la hija de Belén acabe la carrera que está estudiando. Pasan los años y la hija de Belén deja la carrera y se inicia en un negocio de vinos, se casa y tiene hijos. Llegados al año 2016, Alicia le dice a Belén que le devuelva los $20.000, a lo cual Belén se niega porque no ha terminado la carrera. Finalmente Marcelo, que es amigo tanto de Alicia como de Belén, paga a Alicia los $20.000 sin que Belén lo sepa.

 Caso 2:

 “A” encarga al fabricante “B” un lote de 100 disfraces de bruja confeccionados para la noche de Hallowen y que debe recibirlo el 30 de octubre. En el envío de la mercancía, el transportista de “B” tiene un accidente debido al mal estado de las ruedas del camión, y además el conductor superaba la tasa de alcoholemia permitida, así como los límites de velocidad. A consecuencia del accidente, la mercancía queda totalmente calcinada. Cuando “B” conoce el accidente llama a “A” y le dice que le envía 100 disfraces de vampiro, los cuales no llegan hasta el 4 de noviembre. “A” rechaza el ofrecimiento en todo momento. Pasados unos días, “B” emite la factura de los 100 disfraces.

 Caso 3:

Aníbal envía un e-mail a Benito en el que formaliza el pedido de 70 kgs de naranjas. En el e-mail fijan el precio, pero no la fecha de entrega. Pasados unos días Aníbal vuelve a enviar otro e-mail en el que ya especifica que la fecha en que necesita las naranjas es el viernes; Andrés recibe la verificación de que el e-mail ha sido abierto, pero sin embargo no ha sido contestado. Benito carga las naranjas el jueves y las transporta hasta el almacén de Andrés para entregarlas el viernes. Sin embargo, una tormenta torrencial esa misma noche hecha a perder por completo las naranjas que encontraban en el camión. Tras lo sucedido, Benito dice a Andrés que no le debe nada, pues no se formalizó ninguna obligación.

Caso 4:

Carlos prestó $300.000 a “A”, “B” y “C”; pasado el plazo pactado Carlos reclama la cantidad a “A”, el cual le dice que no le debe nada, porque a su vez Carlos le debe $400.000 a “A”.  Entonces Carlos se dirige a “B” para cobrar, el cual tampoco le paga porque dice que le perdonó su parte de deuda el pasado mes. Finalmente, Carlos se dirige a “C” y este último le dice que no le paga porque no le debe nada.

Caso 5:

“Andrés” es un prestigioso pintor de la ciudad. “Beatriz” le encarga por u$s 6.000 que los paga por anticipado, la realización del retrato de su madre para poder regalárselo el día de su cumpleaños. Mientras no llega el día, Andrés tiene una caída con la bicicleta y se parte los dos brazos impidiéndole poder pintar el cuadro. Ante tal coyuntura, Andrés le dice a su discípulo que lo pinte él. Llegado el día del cumpleaños Andrés le entrega la obra que en realidad pintó su discípulo a Beatriz. Sin embargo, el hermano de Beatriz”, que es un experto en arte, asegura que esa obra no es de Andrés, por lo que finalmente Andrés reconoce que efectivamente él no ha pintado el cuadro.

Caso 6:

Norberto acudió en diversas ocasiones al local de Jorge, dedicado a la decoración de viviendas. En una ocasión le compró un sillón por el precio de $19.500. Un mes más tarde le encargó la decoración de dos dormitorios por un importe de $30.000. Finalmente, dos semanas más tarde Jorge realizó la reforma integral de la cocina y dos baños por valor de $90.000.

Con la finalidad de ganarse al cliente y sabiendo de los sucesivos encargos, Jorge no exigió a Norberto inmediatamente el pago de ninguna de las cantidades acordadas y, expresamente, los dos pactaron en relación a la reforma de la cocina y baños que Norberto dispondría de un año para pagar el precio, habiendo de pagar además un pequeño interés anual de 2,5%.

Como Norberto es muy hábil diseñando páginas web, al cabo de tres meses acuerda con Jorge la realización de una página web completa de su establecimiento, a cambio de reducir en $20.000 los $90.000 de la deuda de la reforma de la cocina y baños.

Norberto pone a disposición de Jorge la página web, pero Jorge le dice que la página web no equivale a $20.000 y que todavía no se había cumplido el plazo de un año establecido para la deuda de $90.000. Le indica que, por esas razones, entiende pagado tan solo el precio del sofá, $19.500, porque es lo primero que compró Norberto.

#YOMEQUEDOENCASA